Cuando estás metido en un proceso de concesión de una hipoteca es normal que aparezcan dudas sobre el proceso, sobre cómo se plantean los pagos, sobre la parte legal, escrituras, notario… pero lo que también es normal es que junto con la hipoteca vengan aparejados la contratación de otros productos como los seguros. Ésta es una práctica habitual que es llevada a cabo por las entidades financieras, que venden estos productos de manera necesaria para el cliente y que con su contratación se obtienen beneficios en los tipos de la hipoteca.
Que sea una práctica habitual no quiere decir que sea beneficiosa para el cliente ni que no deba de ser regulada.
¿Se puede reclamar si el banco obliga a contratar seguros con la hipoteca?
Cuando las entidades financieras plantean la necesidad de contratar un seguro (de daños o de vida por ejemplo), esa necesidad es planteada como una condición indispensable para que el préstamo hipotecario sea concedido. De algún modo se entiende que el cliente se ve obligado a contratar esos seguros por el miedo a perder el dinero que le servirá para adquirir su hogar. Con ese miedo es con el que cuentan los bancos para finalmente firmar seguros junto con las hipotecas, por lo que al final los clientes ceden. Pero ¿se puede reclamar esta práctica?
El artículo 5 de la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, en el que se prohíbe a los bancos "imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro”, por lo que obligar e imponer la contratación de un seguro es ilegal y por lo tanto denunciable.
El consumidor puede hacer frente a estas prácticas acudiendo al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, o bien acudiendo a los tribunales. También puede acudir a los diferentes órganos de defensa del consumidor.
En Europa también ocurre
No solo se trata de una práctica a nivel nacional, sino que también se trata de un asunto que afecta a nivel europeo. Es por esto que desde el Parlamento Europeo decidió crear una directiva que prohíba vincular seguros a hipotecas.
Se trata de una directiva cuanto menos ambigua, ya que prohíbe la vinculación pero permite la combinación, por lo que en definitiva se trata de un cambio de términos que hará que se sigan vendiendo los seguros junto con las hipotecas y que los tipos de interés se vean modificados según la cantidad de seguros que se contraten.
Lo que está claro es que si las leyes se aplicasen de manera expresa y se fomentase el cumplimiento de dichas leyes, este tipo de situaciones no se darían y los consumidores serían totalmente libres para poder elegir qué seguros contratar y con quien.